Si la empresa enfrenta un conflicto con un colaborador, es fundamental saber que el proceso de resolución ha cambiado radicalmente. El Juicio Ordinario Laboral en México ya no se tramita ante las antiguas Juntas de Conciliación y Arbitraje, sino en Tribunales Laborales del Poder Judicial. Este sistema actual se rige por la oralidad, la inmediatez y la agilidad, lo que exige a las empresas una preparación legal mucho más rápida y precisa, dejando atrás los juicios que se dilataban por años.
La Ley Federal del Trabajo (Artículos 870 al 891) establece un flujo procesal que se centra en resolver la controversia en el menor tiempo posible. Aquí desglosamos las etapas clave para que la empresa pueda preparar su estrategia legal.
¿Qué requisitos previos existen antes de la demanda?
Antes de iniciar formalmente un juicio, la ley establece un filtro obligatorio: la Conciliación Prejudicial.
Salvo excepciones muy específicas (como casos de discriminación o acoso), el trabajador y el patrón deben acudir al Centro de Conciliación Laboral. Si no se llega a un acuerdo, la autoridad emite una «Constancia de No Conciliación». Sin este documento, el Tribunal no admitirá la demanda.
¿En qué consiste la Fase Escrita del procedimiento?
El Juicio Ordinario Laboral en México, regulado por los artículos 870 al 891 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), comienza con una etapa que es puramente documental. Aquí se fijan las posturas de ambas partes.
1. Presentación de la Demanda
El trabajador entrega su escrito de demanda ante el Tribunal, anexando sus pruebas y la constancia de no conciliación.
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El «Auto de Inicio»: Si la demanda cumple los requisitos, el Tribunal la admite y ordena notificar (emplazar) a la empresa.
2. Contestación a la Demanda (El momento crítico)
Una vez notificada, la empresa tiene un plazo estricto de 15 días hábiles para dar contestación por escrito.
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Atención: En este mismo escrito, la empresa debe ofrecer todas sus pruebas (testigos, documentos, peritajes). Ya no se pueden «guardar cartas bajo la manga» para después.
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La Reconvención: Si la empresa considera que el trabajador le debe algo (por ejemplo, un préstamo no pagado o devolución de equipo), este es el momento para presentar una contra-demanda o reconvención.
La Fase Oral: ¿Qué sucede en las audiencias?
Audiencia Preliminar: ¿Cómo se depura el juicio?
El objetivo de esta audiencia es «limpiar» el proceso para que al juicio solo lleguen los puntos realmente conflictivos. Sus funciones principales son:
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Depuración del procedimiento: Se resuelven excepciones procesales (por ejemplo, si la empresa alega que ese Tribunal no es el competente).
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Fijación de hechos no controvertidos: Las partes acuerdan qué hechos son ciertos (ej. «ambos aceptamos que la fecha de ingreso fue el 1 de enero»). Esto agiliza el debate.
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Admisión de Pruebas: El Juez decide qué pruebas son válidas y útiles para el juicio y desecha las que no aporten valor.
Audiencia de Juicio: El desahogo de pruebas
Es la etapa central. Se lleva a cabo, idealmente, poco tiempo después de la preliminar.
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Desahogo: Se interroga a los testigos, se revisan documentos y se escuchan a los peritos. Todo ocurre frente al Juez (principio de inmediación).
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Alegatos: Al terminar las pruebas, las partes tienen un breve tiempo para exponer sus conclusiones finales y tratar de convencer al juzgador.
Resolución y Ejecución en el Juicio Ordinario Laboral
Sentencia
Una vez escuchados los alegatos, el Juez emite su sentencia. En el sistema, el Juez suele dictar el fallo en la misma audiencia o citar a una audiencia exclusiva para lectura de sentencia en un plazo muy breve. La sentencia determina quién tiene la razón y cuánto se debe pagar.
Ejecución
Si el patrón no cumple voluntariamente con la sentencia en el plazo otorgado, el trabajador puede solicitar la ejecución forzosa, que puede derivar en el embargo de cuentas o bienes de la empresa.
Resumen de Etapas
Para una visualización rápida, aquí se presenta el flujo del proceso:
| Etapa | Actividad Principal | Plazo / Clave |
|---|---|---|
| Prejudicial | Conciliación obligatoria. | Constancia de No Conciliación. |
| Escrita | Demanda y Contestación. | 15 días para contestar. |
| Oral (Preliminar) | Depuración y admisión de pruebas. | El Juez define qué se va a juzgar. |
| Oral (Juicio) | Desahogo de pruebas y alegatos. | Interrogatorios y argumentos finales. |
| Sentencia | Resolución final del Juez. | Fin del juicio. |
La preparación es la mejor defensa
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